Orbiter dicta sobre gastos de extradición
HECHOS PROBADOS
1) El 10 de febrero de 1998, el demandante habló por teléfono, el testigo en cuestión en cuestión diciendo que estaba llamando desde su casa en Francia. Parece ser que el demandante dejó su empleo en 1995.
2) Solicitó más información sobre el delito por el cual se le buscaba. Una vez más se le dio un breve resumen. Pidió que se le enviaran todos los detalles de las pruebas que hubiera contra él, junto con los documentos justificativos. El funcionario del juzgado le dijo que no era posible, repitiendo que sería mejor para los intereses del demandante el volver a Madrid de forma voluntaria. El demandante dijo al funcionario que iba a seguir el consejo y a considerar la posibilidad de volver a España.
Nada más se supo del demandante.
1. Durante 2006, el demandante viajó a Italia para asistir a una función de su familia. Después de su llegada, se le informó por las autoridades italianas de los procedimientos que se iniciaron en su contra por la Interpol.
2. En el período comprendido entre diciembre de 1997 y su regreso España, el demandado había viajado entre Francia y Bangladesh, en unas nueve ocasiones. La fiscalía sostiene que, como no hay un acuerdo de extradición con Bangladesh, estos viajes demuestran la necesidad de limitar sus viajes a esos países.
3. La función real de estos viajes es que como se sugiere la demandante es preparar en un futuro para no regresar a España.
4. Mientras que la negativa del denunciado de no volver no sería prueba de su culpabilidad, también es cierto que, claramente es un factor que las autoridades judiciales tienen derecho a tener en cuenta en peso de sus sospechas y la evaluación de la fuerza de los argumentos en su contra.
5. El segundo factor en la conducta del denunciado en que se basa la acusación es que después de su regreso a España, una vez que había recibido asesoramiento profesional, se negó a responder a las preguntas de este Juzgado, aunque por supuesto él tenía derecho a tomar esa postura.
Los costos de Extradición
El demandante solicita que en cualquier sentencia absolutoria se produzca la condena en costas, frente al Ministerio Fiscal, para que se paguen los gastos ocasionados por los trámites de extradición.
El argumento aquí es que el proceso de extradición. no era parte de la «persecución y condena» en el proceso descrito. El propósito de esos procedimientos de extradición eran, según se dice, determinar si el denunciante debía o no ser extraditado. El punto adicional se señaló que en virtud de los términos de los acuerdos bilaterales pertinentes, los costos de la extradición, en todo caso, a las autoridades en la jurisdicción solicitada.
Como cuestión previa, es difícil ver por qué el costo de traer de vuelta a la jurisdicción para que se celebre el juicio frente a un acusado que trata de evitar el juicio y si se le condena a continuación, es un coste que debe recaer sobre el erario público. La pregunta, de nuevo, es si estos gastos están comprendidos dentro de la condena en sí, y si resulta encontrado inocente se le debe resarcir de los gastos que le supongan la extradición.
Los procedimientos de extradición son los procedimientos iniciados después de la emisión de una orden de detención, en un intento de asegurar la presencia en el juicio de un delincuente fugitivo. Es un paso, un paso vital, para asegurar que el procesamiento pueda ser llevado a una conclusión satisfactoria. De ello se deduce, por tanto, que en su caso, sería apropiado que cuando un tribunal ordene, la extradición de un acusado, no se obligue a pagar los gastos a la persona acusada en relación con los procedimientos de extradición y aún más si resultara absuelto en la causa.
Fallo
Por la aplicación de las razones que he expuesto, a mi juicio, se justifica el privar al denunciado de hacerse cargo de todos los gastos de la extradición.
Estoy convencido de que debo ejercer mi criterio en favor de la acusación en la medida en que los costos de los procedimientos de extradición se refiera. A pesar de que el solicitante finalmente no impugnó el procedimiento de extradición.
