Daños y perjuicios

Las distintas clases de daños son:

• Daños materiales
• Daños personales (lesiones)
• Daños morales

Los daños materiales son aquellos que tienen una equivalencia económica, como puede ser el precio de la cosa o el coste de su reparación.

Los daños personales si bien son valorables económicamente, lo son no porque exista una equivalencia ente la lesión y el importe económico que se le adjudica sino por que la jurisprudencia ha ido estableciendo unos valores, que hoy en día son las tablas que se establecieron para los accidentes de trafico, que si bien para lesiones ocurridas fuera del ámbito de los accidentes de circulación pueden servir de base para el establecimiento de la cuantía, la jurisprudencia ha afirmado que las lesiones en una agresión por ejemplo no tienen porqué sujetarse a estas tablas y se puede incrementar en el porcentaje adecuado.

lesiones

Los daños Morales son aquellos que no afectan directamente ni al patrimonio monetario ni al patrimonio del físico de una persona (su cuerpo) sino a valores inmateriales.

Por lo general se suele entender por daños los que lo son de forma directa y por perjuicios cuando es un daño indirecto.
Se entiende que se ha de aplicar el criterio del art. 1106 del Código Civil  que dispone: » la indemnización de daños y perjuicios  comprende no solo el valor de la pérdida que hayan sufrido sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor» por lo que se introduce el concepto de «lucro cesante» y daños Morales.
Así frente al lucro cesante se contrapone el daño emergente que se trataría del sufrido en el patrimonio del perjudicado en el patrimonio como daños efectivos.

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