Demanda de modificación de trabajo


Demanda de modificación sustancial de condiciones de trabajo

Es frecuente la pregunta de los trabajadores: » me quieren cambiar de turno, me quieren cambiar de puesto de trabajo, me quieren cambiar las horas…¿qué puedo hacer?

Pues aquí les dejo un modelo de demanda, que se interpone si se cree que la modificación de la empresa no se ajusta a Derecho.

AL JUZGADO DE LO SOCIAL

…………………………, mayor de edad, con DNI …………… y domicilio a efectos de notificaciones, en la calle …………………………, de esta ciudad, ante el Juzgado de lo Social comparezco y como mejor proceda en Derecho

DIGO:

Que por medio del presente escrito formulo demanda de impugnación de la decisión empresarial de modificar sustancialmente las condiciones de trabajo contra la empresa …………………………, con domicilio en la calle …………………………, de esta ciudad, en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El que suscribe viene prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la entidad demandada, titular de varios establecimientos hospitalarios, desde el día … de …………… de …, ostentando la categoría profesional de ………………………… y con salario mensual incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias de …………… euros.

Segundo.– El que suscribe esta adscrito al departamento de oficinas-administración general de las oficinas …………………………, propiedad de la empresa demandada y sito en la calle …………………………, . En dicha oficina además del que suscribe, prestan habitualmente servicios otros diez trabajadores con la misma categoría profesional. Dos de ellos, en jornada partida de lunes a viernes de … h a … h y de … h a … h, y el tercero de lunes a viernes de … h a … h y de … h a … h y sábados por la mañana de … a … h.

Tercero.– En el contrato laboral que tengo suscrito con la empresa se estableció la siguiente jornada de trabajo: «La jornada de trabajo será de 40 horas semanales, prestadas de lunes a viernes de … h a … h, con los descansos previstos en la Ley» (cláusula X).

Cuarto.– Con fecha … de …………… de …, recibí comunicación escrita de la empresa, cuya copia se acompaña, notificándome que a partir del día … de …………… de … sería modificada la jornada de trabajo que venía disfrutando, pasando a desempeñar mis funciones en jornada partida como el resto de mis compañeros si bien el horario de tarde sería en mi caso de … h a … horas, pero con obligación de trabajar los sábados por la mañana de … h a … h, alegando la empresa para adoptar esta decisión causas organizativas consistentes en la necesidad de reforzar la atención a …………………………………………………….con el cambio de jornada continuada a jornada partida que no existan diferencias con otros compañeros, lo que entienden repercute en la coordinación con otros compañeros y afecta negativamente al objetivo de la ………………………………..

Quinto.– La empresa ha procedido de forma unilateral a modificar sustancialmente mi jornada de trabajo sin concretar suficientemente en la comunicación escrita las causas que determinan tal modificación. Entiendo, además, que la modificación debe dejarse sin efecto puesto que no está justificada la necesidad invocada genéricamente por la empresa de que ………………………………..

Sexto.– El que suscribe no ostenta ni ha ostentado cargo sindical alguno.

Séptimo.– Presentada la papeleta de conciliación el día … de …………… de …, se celebró el preceptivo acto de conciliación ante el SMAC sin avenencia. A los hechos expuestos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Arts. 63 y ss. LPL, y RDL 5/1979, de 26 de enero, desarrollado por los Reales Decretos 998/1979, de 27 de abril y 2756/1979, sobre el trámite de conciliación previa a la interposición de la demanda.

Segundo.– Arts. 1, 2 a), 6 y 10 LPL sobre la competencia del Juzgado de lo Social para conocer de la presente litis. La demanda cumple todas las exigencias de los arts. 80 y ss. LPL relativos a los requisitos de las demandas ante el orden jurisdiccional social.

Tercero.– Art. 41 ET, relativo a las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Cuarto.– Art. 138 LPL sobre la modalidad procesal de movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y en particular su apartado cinco que dispone que: «La sentencia declarará justificada o no la decisión empresarial, según hayan quedado acreditadas o no, respecto a los trabajadores afectados, las razones invocadas por la empresa», en relación con la jurisprudencia social y la doctrina de los TT.SS.JJ. que se aportará y el art. 41.1 ET que exigen como presupuesto indispensable para que la empresa pueda modificar sustancialmente las condiciones de trabajo que concurran probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, lo cual no sucede en el presente caso.

Por lo expuesto

SUPLICO AL JUZGADO DE LO SOCIAL,

que teniendo por presentado este escrito de demanda de

MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO,

con su copia, y documentos que se adjuntan, cite a las partes para la celebración del acto del juicio oral y, tras los trámites que procedan, se dicte sentencia por la que declare injustificada la decisión empresarial de proceder a modificar el horario establecido y se reconozca el derecho de esta parte a ser repuesto en las anteriores condiciones de trabajo, manteniendo la jornada y el horario en el que venía desempeñado mi actividad de lunes a viernes de … h a … h.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Que esta parte comparecerá asistida de Letrado.

SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Que se acompaña a la demanda el acta de la conciliación previa sin avenencia celebrada ante el SMAC de ………………………… .

TERCER OTROSÍ DIGO: Que sin perjuicio de las pruebas que se propongan y practiquen en el acto del juicio oral, esta parte propone ahora la admisión y práctica de los siguientes medios de prueba.

1.º) Confesión judicial del empresario, que deberá ser citado en su domicilio social, con los apercibimientos legales, incluido el tenerlo por confeso si no comparece.

2.º) Documental, consistente en que se requiera a la empresa demandada, con la advertencia contenida en el art. 94.2 LPL, para que aporte en el acto del juicio oral los siguientes documentos:

3.º) Testifical, consistente en la citación al acto del juicio oral de las personas que a continuación se relacionan: ………………………… Por cuanto antecede,

SUPLICO AL JUZGADO DE LO SOCIAL

que tenga por hechas las anteriores manifestaciones a los efectos legales que procedan, por ser de justicia que reitero en lugar y fecha indicados con anterioridad.

Por supuesto recordar que estos modelos sólo los pueden utilizar profesionales del derecho. Consulte a un abogado.

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL


CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL
REUNIDOS
De una parte, Don ……………….., mayor de edad, industrial, casado, con domicilio a efectos del presente contrato en ……………….., calle ……………….. , y con D.N.I. número ………………..
Y de otra parte, Don/Doña ……………….. , mayor/es de edad, de estado civil ……………….. , vecino/s de ……………….. , con domicilio en ……………….. y D.N.I. número/s . ……………….. .
INTERVIENEN

El abogado, en nombre y representación, como administrador solidario de la mercantil «CONSTRUCCIONES ……………….. S.L»., en virtud de la escritura otorgada en ……………….. ante su notario Don/Doña ……………….. , el día ……………….. con número de Protocolo ……………….. , que se inscribió en el Registro Mercantil de ……………….. y domiciliada en ……………….. , calle ……………….. , y con C.I.F. ………………..

Don/Doña. ……………….., en su propio nombre y derecho.
Ambas partes, en el concepto con que intervienen se reconocen capacidad legal suficiente para obligarse mediante el presente contrato y al efecto
DECLARAN

PRIMERO. «CONSTRUCCIONES ……………….., S.L.», pretende construir ……………….. viviendas de Protección Oficial con sus respectivas plazas de garaje y trasteros, según proyecto redactado por el arquitecto Don ……………….. , en la calle ……………….. de ……………….. en un solar de su propiedad con una superficie de ……………….. m2.

SEGUNDO. Don/Doña ……………….. está/n interesado/s en la compra de una vivienda, plaza de garaje y un trastero que se va a construir en la finca descrita y de acuerdo con el proyecto redactado por Don ……………….. .
La vivienda tiene una superficie aproximada de ……………….. m2 construidos, ……………….. m2 útiles, la plaza de garaje aproximadamente ……………….. m2 construidos y el trastero ……………….. m2, estando identificados respectivamente con los números:
VIVIENDA: ………………..
PLAZA DE GARAJE: ………………..
TRASTERO: ………………..
TERCERO. Interesando a Don/Doña ……………….. la vivienda, plaza de garaje y trastero anteriormente descritos, las partes contratantes llevan a efecto el presente contrato de COMPRAVENTA con arreglo a las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA. «CONSTRUCCIONES ……………….., S.L.» vende a Don/Doña ……………….., que acepta/n en este acto, la vivienda, plaza de garaje y trastero descrita en el expositivo segundo el presente contrato.

SEGUNDA. Como precio de la compraventa de la vivienda Don/Doña ……………….. se obliga a pagar la cantidad de ……………….., más el tipo impositivo vigente de I.V.A., que serán desembolsados de la siguiente forma:

1º) A la firma del contrato: La cantidad de ……………….. euros, I.V.A. incluido, son entregadas en este acto por el comprador al vendedor, quien por medio del presente le otorga la más firme carta de pago de la expresada suma.
2º) Efectos mensuales: ……………….. EFECTOS MENSUALES DE IMPORTE ……………….. euros, I.V.A. incluido, con vencimiento desde ………………..; los cuales coinciden con el período de construcción de las viviendas.
3º) Préstamo hipotecario: ……………….. euros, que serán abonados en su momento a través de la subrogación del comprador en las obligaciones derivadas del crédito hipotecario que la parte vendedora solicitará para la financiación de esta promoción; por un importe estimado de la mencionada cantidad de capital por vivienda y garaje. En el supuesto de que se concediese una cifra inferior, el comprador deberá abonar a la parte vendedora la diferencia en el momento en que se constate. Si la diferencia fuese superior, la parte vendedora la deducirá de los pagos que queden pendientes. El I.V.A. del préstamo hipotecario será abonado a la firma de la escritura pública de compraventa.
TERCERA. La falta de pago de cualquier cantidad aplazada a su respectivo vencimiento, producirá de pleno derecho la resolución de este contrato, volviendo a la vendedora el inmueble transmitido.
CUARTA. «CONSTRUCCIONES XX, S.L.», repercutirá al comprador el importe del I.V.A., al tipo impositivo que en cada momento esté vigente por cada entrega de dinero que éste efectúe a cuenta del precio de la vivienda, en la forma y modo dispuestos por la Ley y Reglamento de dicho impuesto. Las letras mencionadas en la estipulación segunda están incrementadas con el I.V.A. correspondiente.
QUINTA. Todos los gastos que en su día originen la elevación a escritura pública del contrato de compraventa, incluso el arbitrio municipal de plusvalía, serán abonados por la parte compradora.
SEXTA. La vivienda se transmite libre de cargas y gravámenes excepto el gravamen hipotecario referido en la estipulación segunda y al corriente en el pago de toda clase de gastos e impuestos, incluidos, en su caso, los derivados del otorgamiento de las escrituras públicas de otra nueva división horizontal y de préstamo hipotecario.
SÉPTIMA. Para todas las cuestiones que pudieran derivarse de la interpretación y aplicación del presente documento, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de ……………….., con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles.
OCTAVA. La parte vendedora pondrá a disposición de la compradora un ejemplar del contrato debidamente visado por el órgano competente, y llevará a cabo todas las actuaciones y gestiones precisas para que el adquirente pueda disfrutar de la subsidiación de préstamos y ayudas de todo tipo que correspondan al comprador según Ley ………………..

NOVENA. La entrega de la vivienda tendrá lugar el día ……………….., coincidiendo con el de otorgamiento de la escritura pública de compraventa, en la Notaría que elija el comprador.

Y en prueba de conformidad, firman el presente contrato por duplicado en el lugar y fecha arriba indicados.
El comprador                  El vendedor

Los intereses de nuestros legisladores


Ya no habrá imputados sino investigados.

no imputados sino investigadosEn la dirección de empresas se da un fenómeno que debe aprender todo aquel que estudie recursos humanos, que consiste en que lo que busca el director de una empresa no coincide con lo mejor para la mencionada empresa.
Este fenómeno se entiende porque, entre otras cosas, la duración en el cargo de un director, consejero delegado o CEO es muy inferior a la vida normal de una gran empresa.
Lo que se viene a traducir en una visión cortoplacista de los cambios que debe experimentar la empresa aunque a largo plazo sea perjudicial.
No debe ser casualidad que sea precisamente ahora, cuando mas políticos son imputados, recordemos que el poder legislativo lo ostentan los políticos, pues eso; cuando se baten récords de políticos imputados resulta que es esta una acepción demasiado gravosa que se debe suavizar y utilizar términos como investigado que no «prejuzga» la culpabilidad.
Es curiosa la sensibilidad que pueden mostrar nuestros mandatarios en un momento determinado. Deberán sin embargo explicar en su momento porque alguien es investigado pues si no existen indicios racionales nadie es investigado por un órgano judicial, puede serlo por la policía pero se tratará de averiguaciones policiales.  Cuando existen al menos indicios fundados de la comisión de un delito es cuándo te importaba a una persona y ahora se lo investigará, pero tenemos el problema de que habrá que distinguir investigado policial e investigado judicialmente, como investigado por otros organosmos como Hacienda.
no sólo siguen nuestros políticos nombrando los jueces de nuestro Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional dando así al traste con la separación de poderes, mientras somos el país con más aforados de Europa con gran diferencia sobre el segundo, ahora cuándo son centenares los políticos imputados en causas judiciales se preocupan por suavizar el término de aquel que sospechoso de haber cometido un ilícito penal.
De risa vamos.

Solicitud de pericial y peritos


Escrito solicitando la práctica de prueba pericial y peritos

AL JUZGADO

D. ………., Procurador de los Tribunales y de D.Renesto Abogado según tengo debidamente acreditado en el procedimiento arriba referenciado, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho,

DIGO:

Que a los efectos de que se dé cumplimiento a la Sentencia dictada en el recurso de amparo interpuesto en su día por mi patrocinado, en la que se acuerda la retroacción de las actuaciones al momento procesal oportuno, a fin de practicar la prueba pericial que en su día se denegó, y dado que en la comparecencia ante ese Juzgado del pasado ….. de ………., D. ………. se remitió a su declaración de fecha ….. de ……….de ………, reconociendo su voz en algunas de las grabaciones de las conversaciones telefónicas en su día intervenidas, pero no las concretas frases que demostrarían su intervención en el secuestro de mi mandante, por medio del presente escrito vengo a solicitar la práctica de la precisa prueba pericial, en los siguientes términos:

* Que por técnicos especialistas del Gabinete Audiovisual de esos Juzgados o, en su caso, del Gabinete Central de Identificación de la Comisaría General de la Policía Judicial, previo análisis de las cintas magnetofónicas originales en que se contienen las intervenciones telefónicas en su día acordadas, se informe:

1.º) Si alguna o algunas de las referidas cintas presentan indicios de algún tipo de alteración sustancial que pueda afectar a la autenticidad de su contenido. En concreto, si se han producido cortes o si se han grabado sólo determinados fragmentos, debiendo indicarse en ese caso dónde se hallan esos cortes y en qué partes, frases o períodos de la grabación se producen.

2.º) (En el supuesto de que el resultado del extremo anterior de la prueba pericial sea positivo esto es, que se aprecie la existencia de cortes en las cintas aportadas-) Si éstos se producen y afectan y en qué modo a la fidelidad de las mismas.

3.º) Si todos los párrafos, frases y palabras que en la transcripción de las referidas cintas se atribuyen al querellado han sido pronunciadas por idéntica voz y si la cadencia y estructura de las referidas frases obedece a la forma en que debieron ser pronunciadas o, por el contrario, a una composición artificial creada voluntariamente al efecto a partir de las expresiones originales.

En virtud de lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, y en atención a lo expuesto acuerde la práctica de la prueba pericial técnica en él solicitado y en los extremos referidos en el mismo.

 Todo ello es Justicia que pido en ………., a…………………

 Fdo. ………. Fdo. ……….

Cldo.: n.º ………. Procurador

A quien beneficia la desaparición de las faltas


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Tengo una compañera muy molesta porque dice que los mayores y casi únicos beneficiados de la última reforma del Código Penal en la que desaparecen los juicios de faltas y los tráficos pasarán a ser enjuiciados en el ámbito civil.
Por lo que nos encontraremos con problemas económicos de los procedimientos civiles, por ejemplo la posible condena en costas. Pero además ¿va a seguir existiendo un médico forense del juzgado? Fuera del ámbito penal esta figura no se da. ¿ deberán presentarse periciales particulares de parte? ¿Condenaran a las costas a alguien que persigo una indemnización por un accidente de tráfico y no se le da la razón en nada de lo que solicita?
Además desaparece la lesión más habitual es el latigazo cervical.
Efectivamente las compañías de seguros están de enhorabuena.

juicio rapido


JUICIOS RÁPIDOS

Dentro de los delitos que deben ser enjuiciados mediante el procedimiento abreviado, la ley posibilita que algunos delitos que cumplan determinados requisitos sean enjuiciados de una manera todavía más rápida. Son los llamados juicios rápidos. Las normas que regulan los juicios rápidos de determinados delitos se encuentran en los delitos van del art. 795 al 803 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Por la que se podrá enjuiciar de forma rápida: La instrucción y el enjuiciamiento de los delitos castigados con penas privativas de libertad cuya duración no exceda de 5 años o si se trata de otro tipo de penas que estas no excedan de 10 años cualquiera que sea su cuantía. El proceso penal debe incoarse en virtud de un atestado policial y la policía judicial haya detenido a la persona imputada y la hubiera puesto a disposición del juez, ya sea éste el de guardia, o que sin detenerle haya citado al denunciado. Además se deberán dar una de estas circunstancias: – Que se trate de un delito flagrante. – Que se trate de uno de los siguientes delitos: Delito de lesiones, coacciones, amenazas, delitos de hurto, delitos de robo, delitos contra la seguridad del tráfico ( como un  juicio rapido por alcoholemia o conducción temeraria). Delitos de daños, delitos contra la salud pública, delitos flagrantes contra la propiedad industrial. La Ley excluye expresamente que otras materias sean incluidas en el enjuiciamiento rápido. Por supuesto todos los procedimientos en los que se decrete el secreto de las actuaciones están excluidos.