Aceptación de herencia


Aceptación de herencia y adjudicación de bienes.

 

NÚMERO ( ……………….. )
En ……………….. , mi residencia, a ……………….. de ……………….. de ……………….. .
Ante mí, ……………….. , Notario del Ilustre Colegio de Madrid.
COMPARECEN
Don ……………….., mayor de edad, viudo, jubilado, vecino de ……………….. , con domicilio en calle ……………….. , y con D.N.I. número ……………….. .
Doña ……………….., mayor de edad, jubilada, vecina de ……………….. , con domicilio en calle ……………….. , y D.N.I. número ……………….. .
Doña ……………….., mayor de edad, abogado, vecina de ……………….. , con domicilio en calle ……………….. , y D.N.I. número ……………….. .
INTERVIENEN
Doña ……………….., por su propio nombre y derecho.
Don ……………….., además de por sí, como apoderado en nombre y representación de:
– Don ……………….., mayor de edad, funcionario, vecino de ……………….. , calle ……………….. , con D.N.I. número ……………….. , en virtud de poder que le tiene conferido mediante escritura otorgada en ……………….. , el día ……………….. de ……………….. de ……………….. , ante el Notario Don ……………….. .
Copia autorizada de dicho poder que me asegura vigente, tengo a la vista y la cual acompañará a las copias que de la presente se expidan donde fuere menester.
– Y de Doña ……………….. y Doña ……………….., mayores de edad, solteras, estudiantes, ambas vecinas de ……………….. , calle ……………….. , D.N.I. respectivamente, números ……………….. y ……………….. ; en virtud del poder que le tienen conferido mediante escritura otorgada en ……………….. , el día ……………….. de ……………….. de ……………….. , ante el Notario Don ……………….. .
Copia autorizada de dicho poder que me asegura vigente, tengo a la vista y la cual acompañará a las copias que de la presente se expidan donde fuere menester.
Y Doña ……………….., como apoderada, en nombre y representación de Doña ……………….., mayor de edad, funcionaria, viuda, vecina de ……………….. calle ……………….. , con D.N.I. número ……………….. ; en virtud de poder que le tiene conferido mediante escritura otorgada en ……………….. , el día ……………….. de ……………….. de ……………….. , ante el Notario Don ……………….. .
Copia autorizada de dicho poder que me asegura vigente, tengo a la vista y la cual acompañará a las copias que de la presente se expidan donde fuere menester.
Tienen a mi juicio los comparecientes según intervienen la capacidad legal necesaria para otorgar esta escritura de ACEPTACIÓN DE HERENCIA Y ADJUDICACIÓN DE BIENES, y al efecto,
EXPONEN

I. Que Doña ……………….. falleció en ……………….. , el día ……………….. de ……………….. de ………………..

La citada causante había otorgado testamento en ……………….. , el día ……………….. de ……………….. de ……………….. , ante el Notario Don ……………….., por el cual manifestaba haber estado casada en primeras nupcias con Don ……………….., de cuyo matrimonio nacieron cuatro hijos, los citados Doña ……………….., Don ……………….., Doña ……………….. y Doña ……………….., esta última fallecida y de la cual viven dos hijas y nietas de la causante, las nombradas Doña ……………….. y Doña ………………..; que estaba casada en segundas nupcias con Don ……………….., de cuyo matrimonio no existe descendencia. Legaba a su esposo el usufructo universal y vitalicio de cuantos bienes quedaran a su fallecimiento, y en el remanente de todos sus bienes, instituyó por sus únicos y universales herederos a sus tres hijos y sus dos nietas antes citados, heredando los primeros por cabeza y los segundos por estirpe.
Los anteriores extremos serán acreditados y copia de dicho testamento se acompañará juntamente con las que de la presente se expidan donde fuere menester.
II. El patrimonio sucesorio de la causante está constituido únicamente por las siguientes FINCAS DE CARÁCTER GANANCIAL:
1. NÚMERO ……………….. : Piso tercero letra C, sito en la planta tercera, que es la segunda general, del edificio sito en calle ……………….. . Tiene una superficie construida de ……………….. metros cuadrados, y una útil de ……………….. . Distribuido en : ……………….. ; y Linda ……………….. .
Cuota : ……………….. .
Inscripción: Registro de la Propiedad Número ……………….. de ……………….. , Libro ……………….. , Sección ……………….. , Folio ……………….. , inscripción ……………….. .
Referencia catastral: ……………….
Valor: ……………….. euros.
2. MIL DOSCIENTOS POR CIENTO DE la finca NÚMERO ……………….. , local en planta baja sito en el mismo edificio, con una superficie construida de ………………..; y linda,……………….. .
Cuota : ……………….. .
Inscripción: Registro de la Propiedad Número ……………….. de ……………….. , Libro ……………….. , Sección ……………….. , Folio ……………….. , inscripción ……………….. .
Referencia catastral: ……………….
Valor: ……………….. euros.
3. NÚMERO ……………….. , o plaza de garaje sita en el mismo edificio, con una superficie construida de ……………….. ; y linda,……………….. .
Cuota : ……………….. .
Inscripción: Registro de la Propiedad Número ……………….. de ……………….. , Libro ……………….. , Sección ……………….. , Folio ……………….. , inscripción ……………….. .
Referencia catastral: ………………..
Valor: ……………….. euros.
Las tres fincas antes descritas forman parte de un Edificio denominado ……………….. , sito en término de ……………….., calle ……………….. , construido sobre un solar de ……………….. metros cuadrados.
TÍTULO: El de adjudicación en régimen de propiedad horizontal, constante matrimonio con Don ……………….., mediante escritura otorgada en ……………….. , el día ……………….. de ……………….. de ……………….. , ante el Notario Don ……………….. , con el número ……………….. de protocolo.
CALIFICACIÓN: Tiene la definitiva de viviendas de protección oficial, expediente número ……………….. .

OTORGAN

Primero. Don ……………….. acepta el legado con que fue favorecido por su esposa Doña ……………….. en su testamento; y Doña ……………….. presente en este acto, Doña ……………….. por medio de su representante Doña ……………….., y Don ……………….. por medio de su representante Don ……………….., aceptan la herencia de su madre; y Doña ……………….. y Doña ……………….., por medio de su representante Don ……………….., aceptan la herencia de su abuela.

Segundo. Habiendo aceptado cuantos derechos les corresponden en la herencia de la causante, los señores comparecientes, de común acuerdo, se ADJUDICAN el patrimonio sucesorio de la siguiente forma:

A Don ……………….. se le adjudica cuatro octavas partes en pleno dominio y cuatro octavas partes en usufructo de todas y cada una de las fincas descritas en el exponendo II de esta escritura, en pago del legado y de la mitad de gananciales.
A Don ……………….., Doña ……………….. y Doña ……………….., se les adjudica a cada uno de ellos una octava parte indivisa en pleno dominio de todas y cada una de las fincas descritas en el exponendo II de esta escritura, en pago de sus derechos en la sucesión.
A Y Doña ……………….. y Doña ……………….., se les adjudica de por mitad y proindiviso una octava parte indivisa en pleno dominio de todas y cada una de las fincas descritas en el exponendo II de esta escritura, en pago de sus derechos en la sucesión.
Tercero. Los señores comparecientes según intervienen, con las adjudicaciones efectuadas se dan por pagados de cuantos derechos pudieran corresponderles en la sucesión, obligándose a no reclamar nada por dicho concepto.
Cuarto. Manifiestan los comparecientes bajo su responsabilidad que la causante no figuraba como titular de operación alguna de forma indistinta que no haya sido comprendida en el inventario de esta herencia, ni se han retirado en virtud de endoso, poder o autorización, a partir de dicho día, bienes o valores depositados en cualquier forma a su nombre que no hayan sido comprendidos.

AUTORIZACIÓN

Hechas las reservas y advertencias legales y en especial las relativas a la Ley de Tasas y Precios Públicos, y las fiscales en general.

Leo a los comparecientes por su opción esta escritura, la encuentran conforme y firman conmigo, el Notario, que de conocerles por medio de sus respectivos D.N.I. , y del total contenido de este instrumento público, extendido en……………….. folios de la clase ……………….. , serie ……………….. , números ……………….. , el presente y los siguientes en orden, doy fe.

inventario sin acuerdo entre los herederos


Diligencia de formación de inventario sin acuerdo entre los herederos.

En ……………….., a …. de ………… de …. siendo la hora señalada, se procede por el/la Secretario/a Judicial a la práctica de la diligencia de formación de inventario que viene acordada en autos sobre división judicial de herencia Nº …………/…………, seguidos en este Juzgado.

Comparecen:

El cónyuge del causante D./Dña. ……………….. con DNI ……………….., cuyos datos personales constan en autos, asistido del/ de la Letrado/a D./Dña. ………………..

Los siguientes herederos:

El/la Procurador/a Don/Doña ……………….., en representación de D./Dña. ……………….., con la asistencia del/de la Letrado/a …………………

El/la Procurador/a Don/Doña ……………….., en representación de D./Dña. ……………….., con la asistencia del/de la Letrado/a …………………

D,/Dña ……………….., como legatario de parte alícuota.

Comparece, asimismo, El/la Procurador/a Don/Doña ……………….., en representación de D./Dña. ……………….., acreedor del finado personado en autos, con la asistencia del/de la Letrado/a …………………

Comparece el Ministerio Fiscal que ha sido citado a este acto en cumplimento de los previsto en el art. 793.5º de la LEC, al no haber sido citado por ser desconocido su paradero D./Dña. ……………….., heredero/a del finado.

Se hace constar, a los efectos previstos en el art. 794.2 de la LEC, que no se han establecido por el causante, en su testamento, reglas especiales para el inventario de bienes.

Iniciada la diligencia, a la vista de la propuesta de inventario aportada por D./Dña. ……………….., cónyuge del causante, se manifiesta por el/la Letrado/a D./Dña ……………….., que asiste a D./Dña ……………….., acreedor del causante, su disconformidad con …………………

Por Don/Doña ……………….., se insiste en ………………..

Los demás comparecientes, a excepción del Ministerio Fiscal, manifiestan su conformidad con el inventario propuesto.

El Ministerio Fiscal manifiesta la necesidad de resolver el incidente planteado por la oposición formulada al inventario propuesto, según indica el art. 794.4, de la LEC.

Ante la controversia suscitada, en aplicación del artículo 794.4 de la LEC, se da por concluida la presente, acordándose el señalamiento de la vista a que se refiere el mencionado artículo para el próximo día ……………….. de ……………….. del presente, quedando citados los comparecientes. De todo lo cual paso a dar cuenta a SSª a los efectos procedentes. Doy fe

Escrito de solicitud de división de la cosa común.


 

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID 

DON JOSÉ, Procurador de los Tribunales,  y de DOÑA JUISA Y SARA, representación que acredito por las copias de escrituras de poder que acompaño unidas, como documentos núms.1, 2, 3, y 4, otorgadas por cada uno de mis representados, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en  Derecho, D I G O :

 Que mediante el presente escrito, en la representación que ostento, formulo DEMANDA PARA LA DIVISIÓN DE COSA COMÚN, contra las siguientes personas que en este proceso habrán de tener el carácter de demandados, expresando su nombre, apellidos y domicilio en el que deberán ser emplazados.

 Son demandados:

1.- D. José con domicilio en  Madrid, Calle Alcalá nº 34. 

 2.- Doña con domicilio en Madrid, Calle Alcalá nº 36     

3.- Doña con domicilio en Madrid, Calle Alcalá nº 38 

4.- Doña calle Calle Alcalá nº 40 

                   Apoyo la demanda en los siguientes, 

ANTECEDENTES DE HECHO 

PRIMERO:  FINCAS OBJETO DE LA DIVISIÓN. 

Las fincas que son objeto de la división que se promueve, son las siguientes: 

1           

                        VIVIENDA, sita en la planta ____de la casa en Madrid, y su calle de Alcalá . Tiene una superficie útil de 200 metros cuadrados. Linda, frente o entrada con zaguán a la meseta del ascensor y escalera principal y patio interior;  derecha entrando, con la vivienda numero 1; izquierda entrando con patio interior y vivienda número 3; y fondo con fachada a la calle Fuencarral con dos balcones a la Puerta del Sol, a la que tiene ocho huecos entre ventana y balcones. Consta de once habitaciones, cuarto de baño, aseo y cocina. Se le asigna una cuota de dos enteros noventa  centésimas por ciento en el solar y demás elementos comunes del edificio. 

                   Hoy se denomina vivienda cuarto letra a, o cuarto derecha, y está inscrita en el Registro de la Propiedad  nº 41 de Madrid, al folio 11, del tomo 101, como la finca nº 209 de dicho Registro. 

SEGUNDO.- TITULARIDAD DE LOS DEMANDANTES

Mis patrocinados, los hermanos  DOÑA JUISA Y SARA son dueños en comunidad hereditaria de una participación proindiviso del 33,333% de cada una de las fincas objeto de división, en su condición de herederos de su madre, Doña Maria del titular registral actual de las tres participaciones sobre cada una de las tres fincas descritas, y de su padre Don, adjudicatario en la herencia de  su esposa de dichas participaciones.                  

Acreditamos lo anterior con la copia del certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento último otorgado, que acompañamos como documentos núms. 5, 6, y 7

En el testamento que acompañamos,  Doña Carmen instituyó herederos a sus cuatro hijos.

Acreditamos lo anterior con los documentos núms.  9,  10 y 11, que acompañamos unidos y que son el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el último testamento válido otorgado por el causante.  

Por todo lo anterior, la situación actual viene determinada por la titularidad de mis  mandantes de una participación proindiviso del 33,3333% de las fincas objeto de la división.  

TERCERO : LOS COTITULARES DEMANDADOS. 

A                   Son titulares de esta finca, los siguientes:  

1.- Mis representados que traen causa de su madre, Doña, y su padre Don ambos fallecidos, en cuanto a un 33,3333 %.

 

2.- Don es titular de una novena parte de una participación de 1,666%, es decir, titular de un 0,128% de esta finca, en su condición de heredero de su padre, Don, que falleció en Madrid el día 1 de enero de 1.980, habiendo otorgado testamento válido el día 2 de enero de 1.982, ante el Notario de Madrid, Don del protocolo, por el que instituyó herederos a sus seis hijos, por iguales partes, y legó a su esposa Doña, el usufructo universal de su herencia, entre cuyos bienes figuraba una participación proindiviso del 0,666% de esta finca; también en su condición de heredero de su madre, Doña, fallecida el dia …………………    habiendo otorgado testamento………………………………………… ( datos del testamento), `por el que instituyó herederos a su nueve hijos.  

3.- Doña, es titular de una novena parte de una participación de 0,666 %, es decir, titular de

de esta finca.

Acta de notoriedad


ACTA DE NOTORIEDAD DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS ABINTESTATO.

Se inicia esta acta, en ……………….. , mi residencia, a ……………….. de ……………….. de ……………….. .

Ante mí, ……………….. , Notario del Ilustre Colegio de Madrid.

COMPARECE

Don/Doña ……………….. , mayor de edad, de estado civil ……………….. , vecino/a de ……………….. , domiciliado/a en calle ……………….. , con D.N.I. número ……………….. .

INTERVIENE

En su propio nombre y derecho, le identifico por su documento de identidad, la juzgo con capacidad e interés legítimo suficiente para esta ACTA, y al efecto EXPONE los siguientes:

HECHOS

I. Don ……………….., vecino que fue de ……………….. , en calle ……………….. , falleció en ……………….. el día ……………….. de ……………….. de ……………….., sin haber otorgado disposición de última voluntad alguna.

Certificaciones literales de defunción y del Registro General de Actos de Ultima Voluntad que acreditan su aserto y Documento Nacional de Identidad del causante (o certificado de empadronamiento u otro documento que acredite el último domicilio del causante) me entrega la persona requirente y yo, el Notario, dejo unidos a esta matriz a todos los efectos mediante testimonio por fotocopia que concuerda con su original.

II. El/la causante mencionado en el apartado anterior falleció en estado de casado/a y de su único matrimonio contraído con Doña/Don ……………….., tuvo y le sobreviven los siguientes descendientes: sus hijos Don ……………….., Don ……………….. y Doña ……………….. .

III. Me asevera bajo pena de falsedad en documento público la certeza de los hechos expuestos, propone como pruebas para su demostración la documental y la testifical a practicar por mí, sin perjuicio de otras que yo estimare necesarias o convenientes; y me requiere para que compruebe y declare la notoriedad de los hechos narrados y, por tanto, herederos abintestato del causante a sus indicados descendientes.

Como prueba documental me exhibe el Libro de Familia de los cónyuges Don ……………….. y Doña ……………….., y certificados literales de matrimonio de el/la causante y su citada/o cónyuge, también literales de nacimiento de sus hijos Don ……………….., Don ……………….. y Doña ……………….. , y del Registro General de Actos de Última Voluntad, certificados que devuelvo.

Testimonio por fotocopia de las páginas del Libro de Familia, que concuerda con su original, incorporo a esta matriz para que forme parte de ella a todos los efectos, así como de los certificados literales del registro Civil citados.

Acepto el requerimiento cuyo resultado haré constar en diligencias a continuación de la presente.

AUTORIZACIÓN

Hago las reservas y advertencias legales.

Por su elección leo al compareciente este acta, la encuentra conforme y firma conmigo el Notario que de su contenido extendido en folios de serie ……………….., números ……………….. el presente y ……………….. inmediatos posteriores correlativos.

PRUEBA TESTIFICAL. DILIGENCIA: Siendo las ……………….. horas del día ……………….. de ……………….. de ……………….. , comparecen ante mí Don/Doña ……………….. , mayor de edad, de estado civil ……………….. , de profesión ……………….. , vecino de ……………….. , domiciliado en ……………….., con D.N.I. número ……………….. ; y Don/Doña ……………….. , mayor de edad, de estado civil ……………….. , de profesión ……………….. , vecina de ……………….. , domiciliado/a en ……………….. , con D.N.I. número ……………….. .

INTERVIENEN

En calidad de testigos en su propio nombre y derecho. Les identifico por sus documentos nacionales de identidad y, en relación con esta acta, previamente advertidos por mí el Notario de que pueden incurrir en la pena de falsedad en documento público si desvirtúan la verdad, libre y espontáneamente aseveran que de ciencia propia les consta la certeza y veracidad de los hechos cuya declaración de notoriedad se pretende en virtud de esta acta.

Sin nada más que hacer constar doy por concluida esta diligencia que por su acuerdo y renuncia leo a los comparecientes la encuentran conforme y firman conmigo el Notario, que doy fe de su contenido extendido en ……………….. .

JUICIO DE NOTORIEDAD Y DECLARACIÓN DE HEREDEROS:

Yo, el Notario, en base a las pruebas practicadas, declaro: justificada la notoriedad pretendida de los hechos narrados y, en consecuencia, conforme a los artículos 209 y 210 del Reglamento Notarial, al resultar evidente por aplicación directa de los artículos 930 , 932 , 943 y 944 del Código Civil formalmente HEREDEROS de Don ……………….. a sus hijos Don ……………….., Don ……………….. y Doña ……………….., sin perjuicio de la cuota legal usufructuaria que conforme al artículo 834 del mismo cuerpo legal corresponde al cónyuge viudo Doña ……………….. .

Y sin nada más que hacer constar, doy por concluida esta acta de notoriedad, tramitada conforme a las vigentes disposiciones procesales y notariales extendida en ……………….. folios de serie ……………….. , números ……………….. el día ……………….. de ……………….. de ……………….. bajo el número ……………….. de mi Protocolo Ordinario de Instrumentos Públicos.

Las faltas desaparecen


Supresión de las faltas en el Código Penal

No habra Faltas

La reforma suprimirá ( si Dios no lo remedia) las faltas que contiene el Libro III del Código Penal y sólo se mantendrán algunos que se pasarán al Libro II, pero como delitos leves. Las faltas que serán expulsadas del Código Penal, se articularán a través del Código Civil o el Contencioso. caricatura

Por lo que el fin que persigue el Ministro de Justicia en la reforma y no esconde al manifestar “facilitar la disminución relevante del número de asuntes menores” será tremendamente efectiva.

Recordemos que los procedimientos Civil y Administrativo, serán gravados con las tasas judiciales, que tendrán un fuerte efecto disuasorio en cuanto a la litigación, por lo que trasladar la mayor parte de los delitos que se cometen a diario en España a procedimientos en los que, antes de nada se debe pagar para poder acceder a la Justicia, conseguirá que el número de asuntos en los juzgados desciendan considerablemente (si además tenemos en cuenta que el límite del hurto se eleva de 400 a 1000 euros) no porque no vaya a haber motivos para acudir a los juzgados para reclamar justicia, sino porque no podremos acceder.

El Ministro de Justicia es o quiere ser un empresario de éxito, recortando allí dónde nadie se había atrevido, donde nadie había llegado, pero eso si, sin importar demasiado el futuro de la empresa, dando claro ejemplo de aquello que se predica acerca de que las empresas no suelen estar bien gestionadas pues el interés de la empresa no coincide con el interés del gestor.

Me recuerda a Superlópez, no el dibujo del TBO, sino el de José Ignacio López de Arriortúa, que fue la tijera sin alma ni vistas al futuro de las empresas automovilísticas siendo tan enérjico e imaginativo en los recortes, como, según se vería con el tiempo, poco fiel.

Recordemos que no acabó nada bien la historia, pues ante los tribunales la General Motors, pactó un acuerdo con sus competidores y no se comprometió más que a una cosa: a seguir persiguiendo ante tribunales únicamente a López Arriortúa,  y no hacerlo al consorcio que lo contrató. Superlópez fue acusado de espionaje industrial en Alemania. Todavía lamentan el momento en que le conocieron.

Recurso de alzada contra una resolución sancionadora


Recurso de Alzada contra sanción

 

Recurso de alzada contra una resolución sancionadora por transgresión de los derechos de los representantes de los trabajadores y secciones sindicales en materia de crédito horario, locales y tablones de anuncio.

 D ……………….., mayor de edad, con número de DNI ……………….., con domicilio a efectos de notificaciones en ……………….., calle, avenida o plaza ……………….., ……………….., número ……………….. piso ……………….. Código Postal ……………….., en nombre propio o en nombre de ……………….., cuya representación tiene acreditada con ……………….. [la adjunta copia autorizada de la escritura de poder de la que acompaño copia simple a fin de que, una vez cotejada me sea devuelto el original o, en su caso, la acreditación que corresponda], como mejor proceda comparezco y DIGO:

Que el día ……………….. me ha sido notificada la resolución sancionadora dictada por ……………….., en el expediente número ……………….., y en la que se acuerda imponer a la empresa una multa de ………………..

Que, contra dicha resolución por considerarla no ajustada a Derecho, interpongo en el plazo de un mes concedido al efecto, RECURSO DE ALZADA, basado en los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS

 PRIMERO. Que con fecha ……………….. se dictó resolución sancionadora que tiene su origen en el acta de infracción número ……………….. en la que se impone una multa de ……………….., ya que, de conformidad con el artículo 7.8 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, los hechos descritos han sido calificados como constitutivos de la siguiente infracción GRAVE:

La transgresión de los derechos de los representantes de los trabajadores y secciones sindicales en materia de tablón de anuncios.

SEGUNDO.Que en el acta de infracción más arriba referenciada y en el informe complementario posterior que sirven de fundamento a la resolución sancionadora, se reflejan unos hechos que no responden a la realidad de lo acaecido, al no describirse pormenorizadamente el supuesto comportamiento infractor, ni destacar cuáles son los hechos relevantes a efectos de la tipificación y graduación de la sanción. En concreto, los hechos tal y como sucedieron son los siguientes:

TERCERO.Que la calificación realizada en el expediente sancionador de los anteriores hechos no es conforme al ordenamiento jurídico puesto que no se dan los elementos objetivos y subjetivos de la infracción presuntamente cometida, en base a las siguientes razones:

Los hechos que constan en el acta de infracción no reflejan la realidad de todo lo sucedido, puesto que el trabajador ……………….., miembro del comité de empresa/delegado de personal/delegado sindical, no facilitó a esta empresa la finalidad concreta de utilizar ……………….., horas sindicales, por lo que se exigió a dicho trabajador su presencia en su puesto de trabajo para que cumpliera sus funciones, sin permitir una ausencia fundada en una comunicación absolutamente indeterminada. Además, a pesar de las indicadas advertencias, dicho trabajador no asistió al trabajo en fecha ……………….., pese a lo cual esta empresa no procedió a sancionarlo ni adoptó ninguna medida frente a él.

B) En cuanto al elemento subjetivo, los hechos acaecidos no son susceptibles de incardinarse en la infracción administrativa tal y como se hizo en el acta de infracción, sino que en atención a lo sucedido y a las circunstancias de hechos concurrentes no existe culpabilidad del empresario, máxime si se tiene en cuenta que:

CUARTO. Que la sanción impuesta, consistente en el pago de una multa en cuantía de ……………….. euros, vulnera el principio de proporcionalidad y demás principios que informan el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de infracciones en el orden social, atendiendo al relato de hechos más arriba reseñado.

Que para la demostración de las afirmaciones anteriormente manifestadas, se propone la práctica de los siguientes MEDIOS DE PRUEBA:

                                                                                      FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

La resolución sancionadora es nula de pleno derecho al ser dictada por un órgano manifiestamente incompetente, puesto que se ha firmado por delegación vulnerando lo establecido en el artículo 16.4 y artículo 127.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

II

La resolución sancionadora es contraria al principio de tipicidad (artículos 25.1 de la Constitución y 1.1 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social)  puesto que los hechos reflejados en el acta de infracción no se corresponden con el precepto que supone o implica la vulneración del ordenamiento ni tampoco con el precepto que tipifica tal infracción, por lo que en el expediente sancionador se ha realizado una aplicación analógica de la norma sancionadora que no comprende en su descripción a los hechos sancionados. En consecuencia, el acta de la Inspección infringe el artículo 53.1.b del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

III

La resolución sancionadora no es correcta porque vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24.1 de la Constitución pues el acta de infracción no goza de la presunción legal de certeza del artículo 53.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, por realizar una descripción insuficiente o inadecuada de los hechos relevantes a los efectos de la tipificación de la infracción y graduación de la sanción y de los medios probatorios empleados. De la simple lectura del acta de infracción, resulta que en ésta no se consignan los hechos o circunstancias del caso con precisión, incurriendo en una obvia inconcreción al limitarse a realizar meras calificaciones jurídicas.

IV

En el expediente sancionador se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia proclamado en el artículo 24.2 de la Constitución, por cuanto que la carga de la prueba corresponde a la Administración y en ningún momento se ha probado la culpabilidad de la supuesta conducta infractora, no siendo posible destruir la mencionada presunción de inocencia mediante indicios, sospechas de culpabilidad o a través de una valoración subjetiva del derecho sancionador sin respaldo de pruebas de los hechos en que pudiera fundarse. Es evidente que en el acta de infracción no se reflejan los elementos trascendentales para el juicio de culpabilidad, con infracción del artículo 137 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

V

En el expediente administrativo sancionador se han vulnerado los derechos de defensa reconocidos a todos los ciudadanos en los artículos 24 de la Constitución y 135 y 137.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, porque no se ha informado de la imputación de los hechos, de las infracciones y de las sanciones, así como del instructor y, en segundo lugar, porque no se ha admitido a trámite las pruebas propuestas sin resolución motivada y las demás que sean conducentes para la comprobación de los hechos presuntamente infractores.

VI

La resolución sancionadora no es correcta en cuanto que el acta de infracción infringe lo dispuesto en el artículo 14.1 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social. En concreto, el acta de infracción adolece de las siguientes graves irregularidades formales que condicionan o menoscaban la defensa del imputado:

[Opción A:] Omisión o error en la identificación del presunto sujeto infractor, así como en los datos societarios relevantes pues en el acta de infracción se hace constar ………………..

Falta de identificación del/de los trabajador/trabajadores que, siendo miembros del comité de empresa/delegados de personal/delegados sindicales, no han disfrutado del crédito de horas sindicales en el acta de infracción. Se vulnera el artículo 14.1.d del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, que establece que las actas de infracción habrán de reflejar: «Número de trabajadores de la empresa y número de trabajadores afectados por la infracción, cuando tal requisito sirva para graduar la sanción o, en su caso, para calificar la infracción». En este sentido, las sentencias del Tribunal Supremo de 9 de febrero de 1954, 15 de enero de 1966, 1 de marzo de 1967, 6 de julio de 1967 y 22 diciembre de 1967 declaran que es obvia la infracción procesal administrativa al no haberse consignado en el acta los nombres y apellidos de los trabajadores afectados, de suerte que el acta de infracción es nula precisamente por omitir los nombres y apellidos de los trabajadores que, siendo miembros del comité de empresa/delegados de personal/delegados sindicales, no han disfrutado del crédito de horas sindicales, sin que quepa sustituir tal concreción por la vaga y genérica expresión de que lo denunciado afecta a toda la plantilla, en la que es fácil colegir que habrá múltiples trabajadores no alcanzados por los hechos reflejados en el acta, sin que tampoco quepa al respecto suponer que ya la empresa sabrá a qué trabajadores afecta la denuncia, pues en materia de sanciones no cabe semejante indeterminación (sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 1966).

VII

En el procedimiento sancionador se han infringido todos los trámites esenciales destinados a la comprobación efectiva y adecuada de los hechos, por lo que resulta vulnerado el artículo 14.1 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El acta de la inspección de trabajo carece de eficacia probatoria por tratarse de una deducción o conjetura, sin base fáctica objetiva, lo que resulta evidente de la comprobación efectuada, de acuerdo con las sentencias del Tribunal Supremo de 20 abril 1992 y 16 febrero 1994.

Existe una falta de comprobación efectiva y adecuada de los hechos al extenderse el acta sólo en base a declaraciones de los trabajadores sedicentes contra el empresario, por lo que estamos ante un acta basada en pruebas parciales de acuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo de 15 septiembre 1992.

VIII

El artículo 81 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y artículo 8 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como los artículos 7.8, 39 y 40 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

IX

La sanción impuesta vulnera el principio de proporcionalidad establecido en el artículo 39 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, puesto que la sanción no se adapta a la gravedad de la infracción, así como a las circunstancias de hecho concurrentes que no han sido tenidas en cuenta a la hora de graduar la multa infligida. Al no considerarse relevantes las circunstancias de graduación, la sanción debe imponerse en la cuantía inferior del grado mínimo, máxime cuando el acta de infracción no contiene una descripción detallada de tales circunstancias, incurriéndose en arbitrariedad y discrecionalidad impropia de un expediente administrativo sancionador.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, en relación con el artículo 114 y artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, SOLICITA:

a) Que se tenga por interpuesto el recurso de alzada con los documentos que se acompañan y, previa la práctica de las pruebas propuestas y la tramitación que proceda, se dicte resolución en la que se declare la invalidez de la resolución sancionadora impugnada y del acta de infracción, con el consiguiente archivo del expediente sancionador.

b) Que, subsidiariamente, en caso de no estimar la petición de archivo del expediente, se disponga la reducción de la sanción inicialmente propuesta a la cuantía inferior de su grado mínimo, sin perjuicio de la interposición ulterior de los recursos procedentes.

(Lugar, fecha y firma)